Marzo 17, 2022
El dictamen fue presentado por la senadora Susana Harp, con quien el Secretario General de Latin Artis, Abel Martín, ha venido trabajando intensamente durante los últimos años para la ratificación del Tratado de Beijing por parte de México. La parlamentaria defendió ante el plenario que “para los integrantes de las comisiones que concurren al dictamen, resulta de la mayor relevancia la aprobación del Tratado, pues se fortalecen los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes mexicanos en el extranjero, por sus ejecuciones y representaciones en obras audiovisuales en las que hayan participado” , al tiempo que dicho instrumento “constituye una herramienta jurídica que permite que las y los actores y otros artistas autoricen o bien, negocien un pago convenido de las regalías correspondientes por la utilización directa o indirecta para la radiodifusión o la comunicación al público de las interpretaciones o ejecuciones fijadas en fijaciones audiovisuales”.
El decreto aprobado por el Senado incorpora una declaración del siguiente tenor: “Los Estados Unidos Mexicanos declara que, de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 11 del Tratado, opta por el derecho a una remuneración equitativa por la radiodifusión y comunicación al público de las interpretaciones o ejecuciones fijadas en fijaciones audiovisuales, sin perjuicio de lo dispuesto en su legislación nacional en materia de telecomunicaciones, con relación a la obligación de los concesionarios de televisión restringida de retransmitir la señal de televisión radiodifundida.” Esta declaración trae causa en la opinión expresada en agosto de 2018 por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en relación con el proceso de ratificación del Tratado de Beijing, en la que se indicaba una hipotética necesidad de armonizar las disposiciones del Tratado con la Ley Federal de Telecomunicaciones, y ello en atención a las disposiciones comúnmente denominadas must carry y must offer, conforme a las cuales los concesionarios que presten servicios de televisión radiodifundida están obligados a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de la señal de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.
Latin Artis elaboró un detallado informe sobre dicho extremo, aclarado y justificando la ausencia de conexión entre los derechos patrimoniales de los organismos de radiodifusión (sobre sus señales) y los derechos de autor y conexos sobre los contenidos que portan tales señales, recomendando en todo caso que México, al ratificar el Tratado de Beijing, realizara la siguiente declaración: “La legislación mexicana reconoce a los artistas intérpretes o ejecutantes un derecho de remuneración equitativa por la utilización directa o indirecta de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fijaciones audiovisuales para su comunicación al público o puesta a disposición con fines de lucro directo o indirecto”.
Abel Martín presentó y defendió dicho informe en numerosas reuniones mantenidas a lo largo de 2019 con la senadora Susana Harp, con el consultor legislativo del Senado Miguel Poot, y con el diputado y actor Sergio Mayer, a la sazón miembro de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados. Asimismo, Abel Martín, en su condición de secretario general de Latin Artis, mantuvo una reunión en la cancillería mexicana con el asesor jurídico Pablo Monroy, con quien acordó una serie de matizaciones al precitado informe, que en el mes de enero de 2020 fue presentado a Alberto Uribe, director general de Coordinación Política de Relaciones Exteriores y enlace legislativo con el Senado. En esta última reunión, el secretario general de Latin Artis estuvo acompañado por el presidente de la ANDI, José Elías Moreno, y por el asesor externo de Latin Artis en México, José Manuel Hermosillo.
A a la luz de la declaración finalmente acordada, resulta evidente que la opinión de Latin Artis ha prevalecido, en la medida en que en dicha declaración México opta expresamente por el derecho a una remuneración equitativa por la radiodifusión y comunicación al público de las interpretaciones o ejecuciones fijadas en fijaciones audiovisuales, puntualizando, como refleja el propio Dictamen de las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores Asia-Pacífico-África; de Relaciones Exteriores; y de Cultura, que “los titulares de los derechos patrimoniales ejercerán las prerrogativas que establece la ley sin perjuicio de la obligación de los concesionarios de radiodifusión de permitir la retransmisión de su señal y de la obligación de los concesionarios de televisión restringida de retransmitirla en los términos establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y sin menoscabo de los derechos de autor y conexos que correspondan”.
Se entiende que esa puntualización ha de interpretarse en el sentido de que ningún titular de un derecho exclusivo sobre el contenido que porta una señal radiodifundida podrá oponerse a su retransmisión cuando la misma esté amparada por las precitadas disposiciones must carry y must offer, sin que ello signifique que los usuarios correspondientes no deban pagar la remuneración correspondiente.
Hoy están de enhorabuena todos los actores representados por Latin Artis, especialmente los mexicanos, a los que esta ratificación servirá para reforzar el sistema de protección de sus derechos.
Fuente: Latin Artis / Gráfica: Latin Artis.