España | Gobierno anuncia mayor apoyo por desempleo para los artistas especialmente vulnerables
Madrid, 26 de mayo de 2020.- El ministro de Cultura y Deporte, José Manuel Rodríguez, se reunió con las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual para conocer de primera mano sus medidas de solidaridad para con los trabajadores de la Cultura en situación de vulnerabilidad.
En el encuentro virtual, representantes de varias entidades, entre ellos Emilio Gutiérrez Caba y Abel Martín, presidente y director general, respectivamente, de AISGE (Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión) explicaron las iniciativas y programas que adelantan para apoyar a los socios (actores, dobladores y bailarines) en estos difíciles momentos.
El decreto de apoyo de la Cultura, aprobado en Consejo de Ministros el pasado 5 de mayo, favorece la labor asistencial de las entidades de gestión, complementaria a la red de protección del Gobierno de España. A propuesta del Ministerio de Cultura y Deporte, y luego de escuchar a los sectores involucrados, se aprobó flexibilizar las condiciones de acceso a la prestación extraordinaria por desempleo para los artistas especialmente vulnerables. El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-ley 20/2020 que modifica el Real Decreto-ley 17/2020 de medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario a fin de hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19.
Ello se traduce en la simplificación de la tramitación y el reconocimiento de la prestación por desempleo de los artistas. No será necesario que los trabajadores artísticos acrediten
su situación de falta de actividad derivada de la COVID-19.
Igualmente, y con el fin de garantizar y facilitar el acceso
inmediato a la prestación, se elimina el requisito de encontrarse en el
periodo de inactividad voluntaria, suprimiendo el coste que ello
supondría para el trabajador.
Además, será posible suspender el cobro de la prestación para
realizar trabajos por cuenta propia o ajena (en coherencia con la
intermitencia de la actividad, y con el propio régimen de la prestación
por desempleo) y reanudarlo después.
Para calcular los días de actividad que genera el derecho a la prestación, se computará del 14 de marzo de 2019 al 14 de marzo de 2020, considerando esta fecha como la de situación legal de desempleo y sin necesidad de aportar documentación.
Fuente: Con información del Ministerio de Cultura y Deportes / Foto: @culturagob