Madrid, 11 de marzo de 2026
La Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo aprobó la semana pasada el denominadoInforme Voss (elaborado por el eurodiputado alemán Axel Voss), "sobre derechos de autor e inteligencia artificial generativa". El documento contó con un respaldo muy amplio de 17 votos a favor frente a 3 en contra y 2 abstenciones, un consenso que no es fruto de la casualidad sino del dialogo entre las principales fuerzas políticas.
La ratificación por el pleno del Parlamento Europeo se espera que tenga lugar el próximo 9 o 10 de marzo, y todo apunta a que el texto saldrá adelante sin problemas.
Aunque el informe no supone, ni mucho menos, una norma de carácter vinculante, esto no resta importancia a su aprobación, pues el texto viene a fijar de manera oficial cuál es la línea del Parlamento Europeo en materia de inteligencia artificial generativa y propiedad intelectual. Quizás lo más relevante es que los poderes públicos admiten, por primera vez, que el marco europeo de derechos de autor ha quedado desbordado por el entrenamiento masivo de modelos de IA generativa. Este diagnóstico es fruto del diálogo, lo cual no es poco en los tiempos que corren. De hecho, existe consenso en que los derechos existentes ya no garantizan una protección efectiva del trabajo creativo frente a sistemas capaces de reproducir, transformar y explotar, en condiciones de opacidad casi total, el contenido de miles y miles de obras.
Apenas unos días antes de la aprobación del informe, ese mismo consenso se había puesto de manifiesto en la jornada Inteligencia Artificial Generativa y Creatividad en Europa, organizada por ADEPI (asociación española de entidades de gestión a la que pertenece AISGE) y centrada precisamente en la importancia de proteger al autor y el valor creativo como elemento estructural del modelo europeo de innovación. El Informe Voss certifica ahora, en clave política, lo que ya se venía señalando desde distintos ámbitos institucionales y sectoriales: que la IA generativa plantea un reto jurídico específico que no puede tratarse como una simple derivada técnica o tecnológica.
El texto del informe entra de lleno en el debate sobre la aplicabilidad de determinadas normas. Un ejemplo claro es la excepción de minería de textos y datos (TDM) prevista en los artículos 3 y 4 de la Directiva DAMUD de 2019, a cuya virtud las empresas tecnológicas se pretendía evadir del pago de derechos de autor bajo el pretexto de verse amparadas por la excepción (o límite) de minería de datos. Esto significaba, en una interpretación interesada, que mientras extrajeran los datos que sostienen la información de las obras preexistentes -y no las obras como tales- no se hallaban obligadas a solicitar licencia ni a pagar una remuneración por el uso de tales contenidos.
El Parlamento rechaza que el entrenamiento de sistemas de IA generativa pueda ampararse automáticamente en dicha excepción y recuerda que esta nunca fue concebida para modelos que sustituyen o compiten directamente con la creación humana. El informe se refiere expresamente a las "ambigí…¼edades" en la aplicación de la Directiva DAMUD al entrenamiento de IA generativa y reclama una evaluación más amplia y rigurosa de su encaje jurídico.
No se trata de un matiz menor. El borrador inicial del informe proponía crear una nueva excepción específica o ampliar el artículo 4 para incluir de forma expresa el entrenamiento de IA generativa. Ambas opciones se han suprimido del texto final, lo que revela hasta qué punto el Parlamento ha querido evitar que se legitime, siquiera de forma indirecta, una extensión automática de la TDM más allá de su sentido original.
En el plano económico, el giro es igualmente significativo. El Parlamento abandona definitivamente la idea de un canon obligatorio o de una remuneración fija temporal para los usos de contenidos protegidos en el entrenamiento de IA. Aquella propuesta, presente en el borrador inicial, desaparece ahora. En su lugar, el informe apuesta por un sistema basado en licencias voluntarias, individuales o colectivas, como eje de un ecosistema creativo sostenible.
El texto es claro al respecto. Se insta a la Comisión de la UE a examinar la viabilidad de una remuneración justa, inmediata y proporcionada por los usos pasados, pero se rechaza expresamente cualquier modelo de licencia global a cambio de un pago a tanto alzado. El valor del contenido debe ser proporcional y determinarse caso por caso, evitando soluciones que diluyan el trabajo creativo o generen distorsiones en el mercado de los contenidos. Las licencias voluntarias, según el Parlamento, siempre han sustentado el éxito de los sectores culturales, permitiendo flexibilidad, diversidad y libertad real para los titulares de derechos.
La transparencia atraviesa todo el informe como su gran leit motiv. El Parlamento sostiene que ningún marco jurídico puede funcionar sin una trazabilidad verificable de los datos de entrenamiento. Además, afirma de forma rotunda que no debe regularse el entrenamiento de IA generativa sobre obras protegidas, sin garantizar una transparencia total en cuanto al uso de dichos datos y al cumplimiento efectivo de los derechos de los creadores.
En este contexto se introduce una de las herramientas más relevantes del texto, la presunción de uso de obras protegidas en el entrenamiento de modelos de IA. El borrador inicial contemplaba una presunción irrefutable, pero el texto final opta por una solución más prudente, concebida como una mera ayuda probatoria. Aun así, el propio informe reconoce implícitamente sus límites, pues esta presunción difícilmente puede compensar por sí sola la asimetría informativa radical existente entre titulares de derechos y los desarrolladores de IA.
En relación con el derecho de exclusión, el Parlamento descarta la creación de registros obligatorios pero abre la puerta a evaluar herramientas técnicas voluntarias, legibles por máquina y eventualmente gestionadas por organismos como la EUIPO. El texto insiste en que estas soluciones deben ser sencillas, rentables y no invalidar exclusiones ya expresadas. Se trata de una aproximación prudente, aunque claramente dependiente de la voluntad real del mercado y de los grandes operadores tecnológicos.
El informe evita reabrir la Directiva DAMUD y así lo dice de manera expresa. Sin embargo, al mismo tiempo reconoce que la legislación vigente es insuficiente para afrontar el reto de la concesión de licencias de material protegido para alimentar a la IA generativa. Por ello, se pide a la Comisión que explore un marco jurídico adicional, capaz de aclarar las normas de licencia, reforzar la cooperación entre proveedores de IA y titulares de derechos y, sobre todo, hacer viable un mercado de licencias que funcione en la práctica.
El texto amplía además su mirada a otros frentes emergentes. Se protege la investigación científica y educativa no comercial, pero exige autorización para la explotación comercial de sus resultados. Se insta a estudiar medidas específicas frente a los deepfakes y al uso no consentido de la imagen, la voz o los rasgos personales. Asimismo, el documento subraya la necesidad de etiquetar claramente los contenidos generados exclusivamente por IA, y con las mismas reclama a la Comisión que publique sin demora el correspondiente Código de Buenas Prácticas.
El Informe Voss no resuelve el conflicto entre innovación tecnológica y valor creativo, pero lo delimita con una claridad inédita hasta la fecha y marca el paso de la futura regulación. Y eso, en sí mismo, ya supone un cambio político de magnitud.
La ratificación del informe en marzo supondrá un encargo político explícito a la Comisión Europea, quien deberá diseñar una respuesta jurídica real a la economía de la IA generativa con todas las implicaciones legales, económicas y culturales que ello conlleva. Ahí está el quid de la cuestión, pues el Parlamento siempre se ha pronunciado a favor de los creadores europeos mientras que la Comisión, por el contrario, suele mostrarse demasiado equidistante entre los creadores y los desarrolladores tecnológicos de IA. Veremos finalmente qué enfoque se impone: si el de la voluntad popular representada en el Parlamento, como sería deseable y conveniente, o el de la burocracia ejecutiva de la UE.
Marco Antonio Mariscal Abogado y Doctor en Derecho.
Profesor de Derecho Civil en la UAH.
Director de Transformación Tecnológica en AISGE
Fuente: AISGE

